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ARGENTINA
02-12-2024

Las fiestas privadas no deben pagar Sadaic y AADI-CAPIF. El Decreto 765/24 rige desde hace tres meses

(Villa Elisa al Dia)

2024-12-02-H:7.22
Si bien el Decreto 765/24 rige desde hace tres meses, los organismos que protegen derechos de autor seguían cobrando en las fiestas en salones.
Casamientos, recepciones, cumpleaños en salones de fiestas no pagan Sadaic ni AASI- CAPIF


Se acercan las épocas de las despedidas de año, las recepciones, y con un clima más benévolo muchos aprovechan para celebrar un casamiento o algún cumpleaños con grandes fiestas. En este marco, crece la demanda de salones y demás servicios que suelen contratarse para celebrar un acontecimiento importante.


Si bien organizar una reunión multitudinaria de este tipo debería resultar más económico, debido a que desde el 28 de agosto rige el Decreto Nacional 765/24, que establece que “quienes realicen eventos de carácter privado o público sin fines de lucro no deberán pagar a las entidades encargadas de proteger los derechos de autorâ€, en ocasiones esto no resultaba así, ya que en Paraná y otras ciudades de la provincia y el país se seguía cobrando este concepto –o al menos pretendiendo cobrarlo– por parte de representantes de los dos organismos los que se encargan de cobrar: la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic), junto con la Asociación Argentina de Intérpretes Musicales y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (AADI-CAPIF).


Aclaración del municipio
Esta situación generó una fuerte controversia, y en este marco el Municipio de la capital entrerriana salió a aclarar esta semana que “según esta normativa, eventos realizados en ámbitos privados de acceso restringido, como cumpleaños, casamientos, recepciones escolares o reuniones familiares en salones de fiestas, quintas y hoteles, están exentos del pago de derechos de autorâ€.

Sobre este punto, resaltaron que “la nota aclaratoria del Ministerio de Justicia emitida el 7 de noviembre, ratifica la aplicación del decreto y delimita el concepto de ´ámbito privado´, excluyendo expresamente del pago a domicilios particulares; y espacios privados de acceso restringido, como salones de eventos y otras áreas cerradas exclusivamente para invitados. En cambio, sí corresponde el pago de derechos de autor en eventos abiertos al público con acceso libre o mediante venta de entradas, así como en aquellos con fines de lucro o de carácter comercialâ€.

Pablo Testa, secretario Legal y Administrativo de la Municipalidad, explicó a UNO: “De acuerdo a lo dispuesto mediante Ley N°11.723, si el evento se desarrolla en un ámbito privado sin venta de entradas o tarjetas, no corresponde el abono de derechos de autor. En este sentido, el Decreto 765/2024 publicado el 28 de agosto modificó la mencionada ley, estableciendo que no se considera ´ejecución pública´ la reproducción de música en espacios privados, como domicilios particulares, habitaciones de hoteles o similares; sino más bien responde a cualquier reproducción de música realizada por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet, en contextos abiertos al público. Esto implicaría que, en principio, los salones que organizan fiestas privadas sin venta de entradas y restringidas a un público específico, estarían exentos de su pagoâ€.

Una medida que fue bien recibida en salones para fiestas
Consultado sobre este tema, Luis Horisberger, propietario y administrador de un salón de fiestas situado en calle Gobernador López Jordán, en Paraná, destacó como algo positivo que se aclaren los alcances de esta medida, ya que hasta el fin de semana pasado recibió de parte de Sadaic y AADI-CAPIF la orden de pagar estos conceptos, aclarando que si bien es algo que debe abonar quien contrata el salón, son intimados los responsables de los salones a informar esto a sus clientes. “Desde que se implementó este Decreto, nosotros dejamos a consideración del cliente qué es lo que quiere hacer, si quiere pagar o no. Pero recomendamos no pagar, porque ya se han manifestado distintos organismos públicos de diferentes provincias al respecto, y ahora también la Municipalidad de Paraná emitió un comunicado donde dice que no hay que pagarâ€, explicó a UNO.

Casamientos, recepciones, cumpleaños en salones de fiestas no pagan Sadaic ni AASI- CAPIF
Casamientos, recepciones, cumpleaños en salones de fiestas no pagan Sadaic ni AASI- CAPIF

No obstante, aclaró que a pesar de que la medida rige desde fines de agosto, hasta hace una semana tuvo que lidiar con la imposición de cobradores de alguno o de ambos organismos. “Acá vino el sábado pasado a la puerta del salón alguien de AADI-CAPIF y con prepotencia me dijo ´mandame a llamar al dueño de la fiesta´. Y molestó a mi cliente, lo sacó de la fiesta, de su cumpleaños, y lo sacó a la puerta para decirle que tenía que pagarâ€, lamentó.

Sobre este punto, sostuvo que históricamente los modos de cobro no eran los más adecuados. Al respecto, aseguró: “Nosotros tuvimos que soportar aprietes, amenazas. Los costos que pedían eran exorbitantes. Había veces que ganaban más plata ellos que en el alquiler del salón, lo cual es una barbaridad, por el riesgo y por el aporte a una fiesta que hace un salónâ€.

La falta de claridad sobre lo que se cobraba fue un problema recurrente en este ámbito, ya que no se informaba cuáles eran los parámetros para establecer los importes. “Siempre he luchado para que me dieran el listado de precios que especificara cuánto debían cobrar ellos por una fiesta, que me dijeran cuánto sale cada persona, pero nunca logré que me extendieran esta información. Sólo me decían ´tenes que pagar tanto´, ya sean 100.000, 150.000, 200.000 pesos. También decían que si no pagaba el cliente, iba a tener que pagar yo, porque el salón supuestamente era solidariamente responsable de esto, pero jamás conseguí que me indicaran qué reglamento o qué ley especificaba estoâ€, precisó Horisberger.

Consultado sobre los argumentos que exponían Sadaic y AADI-CAPIF para querer seguir cobrando pese al Decreto 765/24, expresó: “Ellos siguen queriendo cobrar diciendo que el lugar es privado, pero al tener fines de lucro el salón, hay que pagar igualâ€.

Otro punto que resaltó es que “antes no había forma de denunciar estas situaciones irregulares que se generaban con estas entidadesâ€, y a modo de ejemplo recordó un hecho que tuvo que afrontar, aún frente a información inconsistente “Un día vinieron, cobraron, terminó la fiesta que fue un sábado, y el día martes llegaron para reclamar una diferencia diciendo que había más gente en el salón que la que se había informado. Y hubo que pagarlesâ€, se quejó.

Polémica en todo el país
El temor a represalias fue una constante para que estos organismos puedan cobrar lo que ellos imponen. Es algo que ocurre a nivel país: un relevamiento reciente hecho en Córdoba indica que todavía más del 40% de los salones de fiesta de esa provincia sigue pagando los aranceles a estas entidades, ya sea por desconocimiento o por temor a sanciones.

En Santa FE, el representante de la Asociación Solo Fiestas y Eventos, Marcelo Mansilla, coincidió a principios de mes que “las acciones de Sadaic y AADI-CAPIF no sólo generan confusión, sino también temorâ€. Y afirmó que hubo salones que siguieron pagándoles hasta ahora aunque esté vigente el Decreto 765/24, porque “tienen miedo a la represalia de recibir una carta documento, a amenazas de incluirlos en el Veraz, o de embargosâ€.

“El Decreto es claro. Queremos que la gente no se asuste, que no tenga miedo. Ante la presencia de representantes de Sadaic en una fiesta, se les debe informar amablemente que se trata de un evento privado y que no deben estar ahí. Nada másâ€, precisó.

En Mendoza el gobierno provincial fue determinante en su decisión de avanzar con el cumplimiento del decreto nacional 765: los fiscales de la provincia recibieron instrucciones del procurador Alejandro Gullé de imputar por extorsión a cualquier agente de Sadaic o AADI-CAPIF que intente cobrar derechos de autor en fiestas de índole privada.

UNO intentó comunicarse con referentes de Sadaic de la región, pero adujeron que no están autorizados a hacer declaraciones.

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