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ARGENTINA.
28-12-2024

Para denunciar el cobro de tasas municipales en los servicios públicos. Por correo electrónico: denunciatufactura@comercio.gob.ar.

(Villa Elisa al Dia) Factura de Enersa de un abonado de Villa Elisa y el impuesto municipal.

2024-12-28-H:21.29
Será a través de un correo electrónico dispuesto por la subsecretaria de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial que los consumidores podrán denunciar el cobro de cargos ajenos a los servicios contratados


SIETE EMPRESAS ENTRERRIANAS FUERON IMPUTADAS POR COBRAR TASAS MUNICIPALES EN FACTURAS DE SERVICIOS PÚBLICOS

Se trata de Enersa, Redengas, Gasnea y las cooperativas de Gualeguaychú, Concordia, Seguí y Viale. Fueron imputadas por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación por cobrar tasas municipales en facturas de servicios públicos.

Ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos.
El Gobierno habilitó un canal para denunciar si un bien o servicio contratado incluye tasas municipales, lo cual quedó prohibido por una nueva normativa desde principios de octubre.

Esta norma estableció que ya no se pueden incluir tasas como alumbrado, barrido y vigilancia en las facturas de proveedores de servicios públicos. “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, indica la resolución 267/2024.


De esta manera, la normativa aclara que “no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”. En consecuencia, la resolución aclara que “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto” por la ley. Esta medida comenzará a regir dentro de los próximos 30 días, tiempo establecido para su adecuación.

En este marco, se podrán hacer las denuncias correspondientes mediante el correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar. “Esas tasas son ilegales y violan el art. 42 de la Constitución Nacional”, aseguró Fernando Blanco Muiño, subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

Se podrán hacer las denuncias correspondientes mediante el correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar.

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