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VILLA ELISA
05-07-2011
SESIÓN ORDINARIA DEL 04/07/2011 - AUSENTE CONCEJAL BEYTRISON - SE APROBÓ LA ORDENANZA Nº 1604
ORDENANZA
VISTO: La solicitud elevada por la Asociación de Empleados y Obreros Municipales de Villa Elisa, con el fin de regularizar el uso de un predio para su desarrollo social;
Que, las Ordenanzas Nº 799, de fecha 19 de julio de 1993, y Ordenanza Nº 1532 de fecha 21 de septiembre de 2009, marcan el proceso de cesión y canje de lotes, para este fin; y
CONSIDERANDO: Que para una mejor prestación y funcionamiento existe la posibilidad de otorgar un nuevo predio en la misma zona del Polideportivo Municipal;
Que para los intereses municipales, ante la posibilidad de una futura expansión urbana, es conveniente para ambas partes, en que el Municipio reciba el inmueble identificado con la matricula Nº 120.843, cediendo en uso por el termino de 30 (treinta) años – a partir de la firma del respectivo convenio – una fracción de terreno ubicado en la Manzana 59-24;
POR ELLO el: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA ELISA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1º) Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 799, del 19 de julio de 1993, renunciando ambas partes al acuerdo mencionado.-
Art. 2º) La Municipalidad de Villa Elisa, cede en comodato a la Asociación de Empleados y Obreros Municipales de Villa Elisa, por el término de 30 (treinta) años, una fracción de terreno ubicado en la manzana 59-24 de la planta urbana de Villa Elisa, con una superficie de 5280 m2, con destino a la construcción de su Sede, cuyos rumbos, medidas y linderos, son los siguientes:
Nor-este: Recta de 50 mts., linda con calle H. de ElÃa
Sur-este: Recta de 100 mts., lindante con futura Avenida Nº 61.
Sur-oeste: Recta de 50 mts., lindante con calle Dr. Gutierrez.
Nor-oeste: Recta de 100 mts., linda con terreno baldio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para el Personal de la Municipalidad de Villa Elisa.-
Art. 3º) El comodato que se da por la presente, tiene el carácter de irrevocable mientras se mantenga el destino para el cual se hace y hasta el vencimiento del plazo. Las partes, de común acuerdo, tendrán opción a considerar prorrogado el termino a que se refiere el Art. 2º) por otro igual, si al vencimiento del mismo, continúa dándose al bien dado en comodato, el destino fijado.-
Art. 4º) Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar el correspondiente contrato de comodato, con la Asociación de Empleados y Obreros Municipales de Villa Elisa.-
Art. 5º): De forma.-