Bomberos 100 Policia 101 Hospital 107 |
CONOZCA SOBRE LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA 1165
15-08-2007
ALOJAMIENTOS TURISTICOS Y CENTROS DE RESERVAS TUR脥STICAS
La municipalidad de Villa Elisa recuerda a la comunidad elisense sobre la existencia de la Ordenanza 1165, la cual reglamenta el funcionamiento de los Alojamientos Tur铆sticos en su totalidad, y los Centros de Reservas Tur铆sticas habilitados o que se habiliten como intermediarios en la comercializaci贸n de 茅stos alojamientos.
Los alojamientos deben estar habilitados por la municipalidad de Villa Elisa, previa solicitud de la ficha de inscripci贸n en la Oficina de Turismo. Las 脕reas de Inspecci贸n, Turismo y Obras P煤blicas ejercer谩n el poder de contralor de estos establecimientos.
Del mismo modo, los Centros de Reservas Tur铆sticas deber谩n inscribirse y tener la correspondiente habilitaci贸n en la secci贸n renta municipal.
La Ordenanza 1165 establece requisitos sobre construcci贸n, medidas de seguridad, sanidad, entre otros.
Para evitar inconvenientes posteriores, antes de construir o adquirir un alojamiento o un centro de reservas, inf贸rmese sobre la Ordenanza 1165 en la Municipalidad de Villa Elisa.
Villa Elisa al D铆a