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VILLA ELISA
30-09-2015

Sesión Ordinaria del día lunes 28 de septiembre de 2015, con la presencia de todos sus miembros.

30/09/15 9:02
Proyectos:
– Proyecto de Ordenanza; presentado por el D.E.M., proponiendo la creación del Instituto Mixto de Turismo de Villa Elisa
, como ente coordinador entre los sectores públicos y privados en políticas turísticas. Destinado a las Tres Comisiones.-

– Proyecto de Decreto, presentado por concejales del FPV. Declarando de Interés del Concejo participación de alumnos locales en el Parlamento Juvenil del Mercosur. Destinado a la Comisión de Asuntos Generales.-

- Proyecto de Minuta de Comunicación, presentada por la concejal Orcellet. En respuesta al pedido del Juez de Faltas. Por siete (7) votos a tres (3) se le dio ingreso, rechazando su tratamiento sobre tablas y con Destino a las Tres Comisiones.-

Del Orden del Día:
Decreto Nº 603 – Declarando de Interés del Concejo el reconocimiento al Sr. Oscar Alcides Joannas a realizarse, en el marco del Festival de Danzas Argentinas e Inmigrantes, por ser el autor del “Vals a Villa Elisa “canción que identifica a nuestra ciudad, a su fundador, a los elisenses, a través de la cual, nos ha hecho conocer y transcender a nivel país.
Oscar, trasmitió el amor a su Villa Elisa en cuanto escenario compartió con dos canciones referidas a su ciudad natal, ”Canto a mi tierra “ y” Vals a Villa Elisa” haciéndonos transcender mas allá de nuestras fronteras .
Además supo resaltar los valores de sus mayores con otras canciones como “Décimas pa´Don Manuel”y “Canción a Cacho Duarte “y un sinnúmero de relatos escritos y cantados para el pueblo que lo vio nacer y crecer.

Ordenanza Nº 1765 - denominando “PASEO DE LAS MUJERES ELISENSES” a la bicisenda camino al complejo Termal. Emplazar una placa donde se erigirá el nombre del paseo, la fecha y el numero de Ordenanza que avale la presente determinación y el texto alusivo que se expresa a continuación.--
“Mujeres que se plantean objetivos, que los llevan adelante con pasión y coraje transformando la realidad de la que son parte.”
En reconocimiento a las mujeres elisenses, protagonistas del desarrollo de nuestra ciudad. Municipalidad y pueblo de Villa Elisa.

Ordenanza Nº 1766 - incluyendo a instituciones de bien público dentro de las exenciones a la Tasa de Servicios Sanitarios.
Estarán exentos del pago de la Tasa por Servicios Sanitarios:
a) Los inmuebles pertenecientes a establecimientos educacionales, oficiales o privados, incorporados a lo planes de enseñanza oficial.-
b) Los inmuebles pertenecientes a la Provincia de Entre Ríos, donde se desarrollan actividades destinadas a la atención de la salud pública.-
c) Los inmuebles pertenecientes a Clubes Deportivos, sin fines de lucro, que acrediten personería jurídica y que los mismo sea destinado para desarrollar la actividad deportiva, condicionado a que el agua potable sea usada exclusivamente con fin sanitario e higiénico.-
d) El inmueble perteneciente a la Biblioteca Popular “General Mitre” Villa Elisa.-
e) El inmueble perteneciente a la “Sociedad de Bomberos Voluntarios Villa Elisa”.-

DENEGADO: Proyecto de Ordenanza presentado por la concejal Orcellet, eliminando de la Ordenanza Impositiva Anual los mínimos establecidos para la Tasa de Comercio. Denegado por nueve (9) votos a dos (2)

PRORROGA: Proyecto de Ordenanza presentado por la concejal Orcellet, para la liquidación unificada de las Tasas General Inmobiliaria y por Servicios Sanitarios.

Ordenanza Nº 1767 - Aquellas personas incluidas en el Registro de Deudores/as Alimentarios de la Provincia de Entre Ríos: no podrán actuar como proveedores del Municipio; no podrán obtener o renovar licencias de conducir, realizar espectáculos públicos, solicitar habilitaciones comerciales de cualquier índole, ser adjudicatarios de viviendas sociales y/o participar en licitaciones, concursos o cotejos de precios.-

Ordenanza Nº 1768 – estableciendo que los días de licencia por antigüedad se computen solamente por los servicios prestados en esta municipalidad.-

DENEGADO: Despacho de Ordenanza - disponiendo la no utilización de pirotecnia en las actividades que el municipio tenga intervención.-

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