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VILLA ELISA, ENTRE R铆OS, ARGENTINA.
29-10-2024

Escandalosa Sesi贸n: El Concejal Daniel Caceres defendi贸 la usurpaci贸n del Ferrocarril, omitiendo una ordenanza que el mismo firm贸..

(Villa Elisa al Dia)

2024-10-29-H:7.15
En la Sesi贸n del lunes 28 de octubre de 2024, el Concejal Daniel C谩ceres pudo defender argumentos que hace 10 a帽os, le eran totalmente opuestos.


El Concejo Deliberante de Villa Elisa, con su mayor铆a automatica, resulta increible, y de el se desprenden las mas desopilantes declaraciones.

Lo ocurrido ayer, es legalmente interpretado como apolog铆a del delito, al violar una ordenanza que el mismo corrobor贸.

En el a帽o 2014, cuando exist铆a otra mirada sobre el regreso del Ferrocarril, porque 4 a帽os antes hab铆a ingresado un tren de pasajeros (Materfer 001, martes 24 de agosto 2010), el Concejo Deliberante, tom贸 la atribuci贸n de defensa del territorio, a travez de la ordenanza 1712. Ella impedia expresamente cualquier intromisi贸n de terceros, sin previa autorizaci贸n del Concejo Deliberante.

Pero a fin de no ser menos, y mostrar sinton铆a con la nueva ley, el Presidente municipal y su Secretario, decidieron refrendarla por decreto, declarando "Sitio Hist贸rico de la Ciudad de Villa Elisa al 谩rea generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario".

El Secretario Municipal era el Contador Daniel A. C谩ceres.


LA ORDENANZA EXPUESTA POR LA CONCEJAL SILVINA MEDINA:

MUNICIPALIDAD DE VILLA ELISA Entre R铆os
Concejo Deliberante
Expte. 215/13 鈥
Autor: concejales Uni贸n Vecinal
Promulgada: 23 de junio de 2014 - Decreto N潞 285/14

ORDENANZA N潞 1712
VISTO:
La necesidad de conservar lugares que han marcado un hito en la historia de nuestra ciudad y nuestra Patria, y;
CONSIDERANDO:
Que la Estaci贸n Ferroviaria y los lugares utilizados para la prestaci贸n del servicio por parte del Ferrocarril General Urquiza en nuestra ciudad, a煤n se encuentran en su estado original con el normal deterioro de los a帽os.
Que dichos lugares fueron un lugar clave en la historia de nuestra ciudad.-
Que es necesario rescatar el lugar para darle el valor que se merece.
Que el crecimiento de la Ciudad necesita de espacios verdes recreativos, en los cuales se preserve nuestra historia.
Por ello, el Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Elisa sanciona con fuerza de:
ORDENANZA:
Art铆culo 1潞) Designar al 谩rea generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal, como Sitio Hist贸rico de la Ciudad de Villa Elisa.-
Modif铆cado por Ordenanza Municipal N潞 2012 (13/10/2020)
鈥淒eclarar al 谩rea generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del ferrocarril General Urquiza (Estaci贸n Elisa) dentro del ejido municipal como Patrimonio hist贸rico, arquitect贸nico, tur铆stico y cultural de la ciudad de Villa Elisa鈥.-

Art铆culo 2潞) El uso del suelo de la zona a que se hace referencia en el art铆culo anterior, ser谩 recreativo, cultural, educativo y tur铆stico, teniendo siempre como objetivo la preservaci贸n del lugar.-

Art铆culo 3潞) Sin previa autorizaci贸n del Concejo Deliberante no podr谩n alterarse y/o modificarse en su estructura los lugares, comprendidos en la zona a que se hace referencia en el art铆culo primero, que seguidamente se individualizan:
Lugar Conocido como 鈥淟os Bretes鈥.-
Estaci贸n del Ferrocarril.-
Casa del Auxiliar de Estaci贸n.-
Casa del Capataz de Estaci贸n.-
Tanque hidrante.-
Puente Ferroviario lindero a calle 02.-

Art铆culo 4潞) Disponer en el lugar conocido como 鈥 Los Bretes鈥, que forma parte de la Zona, la plantaci贸n y el mantenimiento de 谩rboles aut贸ctonos.-

Art铆culo 5潞) La presente Ordenanza no implica compromiso econ贸mico alguno para el Estado Municipal, salvo lo indicado en el art铆culo 4潞); solo tiene como objetivo la preservaci贸n de los lugares donde se desarroll贸 gran parte de la historia de nuestra ciudad, a los efectos de que las generaciones presentes y futuras puedan tener un contacto directo con los sitios donde transcurrieron los hechos que transformaron la peque帽a Villa en la Ciudad de Villa Elisa.-

Art铆culo 6潞) De forma.-
Villa Elisa, 23 de junio de 2014

DECRETO N潞 285/14
VISTO: La Ordenanza N潞 1712 del Concejo Deliberante mediante la cual se designa como Sitio Hist贸rico de la Ciudad de Villa Elisa al 谩rea generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal; y
CONSIDERANDO: Que es necesario promulgar dicha Ordenanza.-
POR ELLO, el Presidente del Ejecutivo Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ART. 1潞): Prom煤lgase bajo el N潞 1712, la Ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante en fecha 23 de junio de 2014, mediante la cual se designa como Sitio Hist贸rico de la Ciudad de Villa Elisa al 谩rea generada en torno a lo que fue el funcionamiento ferroviario en nuestra ciudad del Ferrocarril General Urquiza, dentro del ejido municipal .-
ART. 2潞).- Comun铆quese, reg铆strese, arch铆vese.-
VILLA ELISA, 27 de junio de 2014.-
DANIEL A. C脕CERES MARCELO A. MONFORT
Sec.de Gob y Hacienda Presidente Municipal
M.V.E. M.V.E.

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